La fertilización in vitro a sido un tema de
gran importancia en Costa Rica ya que a logrado abarcar muchos años en su aprobación
y entendimiento por la Corte, pero al ser la misma constituida por normas tan
antiguas resulta difícil encontrarse en conformidad con este proceso.
El artículo veintiuno de la Constitución Política
de nuestro país expresa que la vida es inviolable, por lo que de acuerdo a la
gran amplitud con la que cuenta dicho articulo, es difícil poder hacer de este
proceso algo legal ya que en el mismo se desechan gametos femeninos de los
cuales se les hace referencia a un generador de vida.
En relación con la amplitud del texto, los artículos
de la Constitución Política no cuentan con una modificación tan simple como lo
es con las demás ya que estas se encuentran tipificadas como supremas y de legislación
extraordinaria.
Los contextos de las leyes deben de
adaptarse a los tiempos en los que se encuentran, por lo que la mutación de las
mismas es totalmente necesaria, pero si se toma a este proceso como una situación
legal puede verse afectado el mismo ordenamiento al atentar en contra de la
vida.
Muchas parejas que no cuentan con la
facilidad de poder procrear hijos, por lo que hacen de este método una
posibilidad para cumplir su sueño, pero por otro lado si resulta una violación a
la vida humana, si este procedimiento
tuviese ciertos cambios a la hora de su aplicación seria mas fácil poder
llevarlo acabo.